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lunes, 5 de abril de 2010

EJERCICIOS NOMINA

 

TALLER DE NOMINA  GUIA 5

 

EJERCICIO #1.

 

Un empleado con una remuneración mensual de $940.000 pesos cumple su jornada máxima legal de 8 horas durante los 6 días laborales de la semana y para el mes de abril del año 2010 reporta las siguientes novedades:

Lunes 4           :                                  8am a 2pm – 3pm a 7pm

Martes 5         :                                   1pm a 4pm – 5pm a 11pm

Miércoles 6     :                                  2pm a 6pm – 7pm a 11pm

Jueves 7 (festivo)      :                       2pm a 6pm – 7pm a 11pm

Domingo         :                                  11am a 3pm – 5pm a 11pm

 

RESULTADO

Primero definiremos el valor de cada recargo en base al salario devengado por este empleado, por lo cual tenemos que con un salario de $940.000 lo cual dividido entre las 240 horas que de ley le corresponde laborar al empleado nos da un valor devengado de $3.917 por hora. En base a este valor tenemos lo siguiente:

Hora Extra Diurna Ordinaria (HEDO) = 3.917 X 1.25 = 4.896

Hora Extra Nocturna Ordinaria         (HENO) = 3.917 X 1.75 = 6.855

Hora Extra Diurna Festiva                 (HEDF) = 3.917 X 2 =  7.834

Hora Extra Nocturna Festiva            (HENF) = 3.917 X 2.5 = 9.792

Recargo Nocturno                             (RN) = 3.917 X 0.35 = 1.371

Recargo Nocturno Festivo                (RNF) = 3.917 X 1.1 = 4.309

Dominical y Festivo Ordinario           (DFO) = 3.917 X 0.75 = 2.938

 

 

A continuación relacionaremos las horas extras trabajadas por el empleado en mención. El día lunes 4 el empleado trabajo un total de 10 horas, por consecuencia como la jornada máxima legal es de 8 horas, este trabajador tuvo en este día un trabajo extra de 2 horas, el cual por haber sido prestado antes de las 10pm es tenido en cuenta como trabajo extra ordinario. 

El día martes 5 trabajo un total de 9 horas, lo que nos daría 8 horas de la jornada laboral más 1 hora extra, la cual por haber sido laborada entre las 10pm y las 11pm es tenida en cuenta como hora extra nocturna.

El día miércoles 6 labora un total de 8 horas por lo cual no presenta ninguna hora extra, pero, dado que la última hora fue laborada en el horario de 10pm a 11pm esto le genera 1 hora con recargo nocturno.

El día jueves 7 de igual manera labora las 8 horas que por ley corresponde pero debido a que este es un día festivo  esto le genera sobre las horas laboradas un recargo festivo sobre las primeras 7 horas que se encuentran laboradas antes de las 10pm y un recargo festivo nocturno sobre 1 hora que es laborada en horario de 10pm a 11pm.

Por último el día domingo labora un total de 10 horas lo cual le genera 8 horas con el respectivo recargo dominical festivo y dado que las horas extras son trabajadas entre las 9pm y las 11pm esto le genera 1 hora con recargo extra festivo diurno y 1 hora  con recargo extra festivo nocturno.

 

 

 

 

 

 

Entonces tenemos:

Lunes:             2 HEDO = $9.792

Martes:           1 HENO = $6.855

Miércoles:       1 RN = $1.371

Jueves:           7 DFO + 1 RNF = $20.566 + $4.309 = $24.875

Domingo:        8 DFO + 1 HEDF + 1 HENF = $23.504 + $7.834 + $9.792 = $41.130

 

Sumando entonces los recargos recibidos por novedades tenemos que este trabajador obtuvo un total de $84.023 por conceptos de recargos y horas extras por lo cual la nomina liquidada durante el mes de abril a este trabajador recibe un total de $940.000 + $84.023 para un total de $1.024.023 menos los correspondientes aportes a seguridad social y parafiscales.

 

Nota aclaratoria: La anterior liquidación es tomando como supuesto que el día de descanso es un día compensatorio (que puede ser viernes o sábado) por lo cual el trabajo en festivo y domingo no es tomado como trabajo extra si no como trabajo ordinario con sus respectivos recargos y horas extras. Esta nota la hago debido a la falta de información en el problema en cuanto a este punto.

 

EJERCICIO #2.

 

Laura tiene un sueldo de 1.200.000 y presenta las siguientes novedades durante el mes de marzo.

Lunes 8           :                                    8a.m a 1pm – 5p.m a 10p.m

Martes 9         :                       7a.m a 12pm – 4p.m a 9p.m

Miércoles 10   :                       2p.m a 7pm – 10p.m a 2a.m

Jueves 11       :                       5p.m a 10pm – 11p.m a 4a.m

Viernes 12      :                       8p.m a 4am

Sábado 13      :                       6p.m a 10pm – 11pm a 5a.m

 

RESULTADO

Primero definiremos el valor de cada recargo en base al salario devengado por Laura, por lo cual tenemos que con un salario de $1.200.000 lo cual dividido entre las 240 horas que de ley le corresponde laborar  Laura nos da un valor devengado de $5.000 por hora. En base a este valor tenemos lo siguiente:

Hora Extra Diurna Ordinaria (HEDO) = 3.917 X 1.25 = 6.250

Hora Extra Nocturna Ordinaria         (HENO) = 3.917 X 1.75 = 8.750

Hora Extra Diurna Festiva                 (HEDF) = 3.917 X 2 =  10.000

Hora Extra Nocturna Festiva            (HENF) = 3.917 X 2.5 = 12.500

Recargo Nocturno                             (RN) = 3.917 X 0.35 = 1.750

Recargo Nocturno Festivo                (RNF) = 3.917 X 1.1 = 5.500

Dominical y Festivo Ordinario           (DFO) = 3.917 X 0.75 = 3.750

 

 

A continuación relacionaremos las horas extras trabajadas por Laura.

El día lunes 8 Laura trabajo un total de 10 horas, por consecuencia como la jornada máxima legal es de 8 horas, Laura tuvo en este día un trabajo extra de 2 horas, el cual por haber sido prestado antes de las 10pm es tenido en cuenta como trabajo extra diurno ordinario. 

El día martes 9 Laura trabajo un total de 10 horas, y al igual que el día anterior  Laura tuvo en este día un trabajo extra de 2 horas, el cual por haber sido prestado antes de las 10pm es tenido en cuenta como trabajo extra ordinario.

El día miércoles 10 Laura labora un total de 9 horas de las cuales 5 son laboradas antes de las 10pm por lo tanto no generan ningún tipo de recargo, las siguientes 3 horas del máximo legal por haber sido laboradas entre las 10pm y la 1am del día jueves son tenidas como laboradas en horario nocturno por lo que estas horas le generan 3 horas de recargo nocturno y la siguiente hora laborada por exceder el máximo legal es tenida como trabajo extra ordinario y por ser laborada en el horario de 1am a 2am es relacionada como hora extra nocturna ordinaria.

El día jueves 11 Laura labora un total de 10 horas de las cuales 5 son laboradas antes de las 10pm por lo tanto no generan ningún tipo de recargo, las siguientes 3 horas del máximo legal por haber sido laboradas entre las 11pm y las 2am del día viernes son tenidas como laboradas en horario nocturno por lo que estas horas le generan 3 horas de recargo nocturno y las siguientes horas laboradas por exceder el máximo legal son tenidas como trabajo extra ordinario y por ser laboradas en el horario de 2am a 4am son relacionadas como 2 horas extras nocturnas ordinarias.

El día viernes 12 Laura labora un total de 8 horas las cuales están dentro del máximo legal pero 6 de ellas por haber sido laboradas entre las 10pm y las 4am le generan 6 horas de recargo nocturno, el cual por ser en día sábado es tenido como ordinario.

Por último el día sábado 13 labora un total de 10 horas de las cuales 4 por ser laboradas antes de la 10pm son tenidas como horas ordinarias, la siguiente por ser laborada entre las 11pm y las 12am le generan 1 hora con recargo nocturno, las siguientes 3 que están dentro del legal permitido por ser laboradas el día domingo entre las 12am y las 3am son tenidas como horas con recargo nocturno festivo y las últimas 2 horas por exceder el máximo legal y por ser laboradas en día domingo entre las 3am y las 5am son tenidas como 2 horas extras nocturnas festivas.

 

Entonces tenemos:

Lunes              :           2 HEDO = $12.500

Martes :           2 HEDO = $12.500

Miércoles        :           3 RN + 1 HENO = $5.250 + $8.750 = $14.000

Jueves                        :           3 RN + 2 HENO = $5.250 + $17.500 = $22.750

Viernes           :           6 RN = $10.500

Sábado           :           1 RN + 3 RNF + 2 HENF = $1.750 + $16.500 + $25.000 = $43.250

 

Sumando entonces los recargos recibidos por novedades tenemos que Laura obtuvo un total de $115.500 por conceptos de recargos y horas extras por lo cual la nomina liquidada durante el mes de Marzo a Laura recibe un total de $1.200.000 + $115.500 para un total de $1.315.500 menos los correspondientes aportes a seguridad social y parafiscales.

 

Nota aclaratoria: La anterior liquidación debido a que aun no hemos estudiado el tema, no sé si las horas trabajas en día domingo aunque pertenecen al turno del día sábado se relacionan dentro de este o si hay que relacionarlas a parte como domingo, en ambos casos sin embargo el resultado sería el mismo, pero esta nota la hago para efectos de presentación del resultado del ejercicio.

 



14 comentarios:

  1. Si la hora vale $ 5000 por que la liquida a otro valor?
    Laura tiene un sueldo de 1.200.000 y presenta las siguientes novedades durante el mes de marzo.
    Lunes 8 : 8a.m a 1pm – 5p.m a 10p.m
    Martes 9 : 7a.m a 12pm – 4p.m a 9p.m
    Miércoles 10 : 2p.m a 7pm – 10p.m a 2a.m
    Jueves 11 : 5p.m a 10pm – 11p.m a 4a.m
    Viernes 12 : 8p.m a 4am
    Sábado 13 : 6p.m a 10pm – 11pm a 5a.m

    RESULTADO
    Primero definiremos el valor de cada recargo en base al salario devengado por Laura, por lo cual tenemos que con un salario de $1.200.000 lo cual dividido entre las 240 horas que de ley le corresponde laborar Laura nos da un valor devengado de $5.000 por hora. En base a este valor tenemos lo siguiente:
    Hora Extra Diurna Ordinaria (HEDO) = 3.917 X 1.25 = 6.250
    Hora Extra Nocturna Ordinaria (HENO) = 3.917 X 1.75 = 8.750
    Hora Extra Diurna Festiva (HEDF) = 3.917 X 2 = 10.000
    Hora Extra Nocturna Festiva (HENF) = 3.917 X 2.5 = 12.500
    Recargo Nocturno (RN) = 3.917 X 0.35 = 1.750
    Recargo Nocturno Festivo (RNF) = 3.917 X 1.1 = 5.500
    Dominical y Festivo Ordinario (DFO) = 3.917 X 0.75 = 3.750

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    1. Solo que se equivoco, coloco la Hora Ordinaria del primer ejercicio.

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  2. El recargo nocturno es de 2,1 no de 1,1 eso esta mal

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  3. Respuestas
    1. Si se quiere averiguar especificante a cuanto equivale el vr del recargo nocturno es valido multiplicar por 1,1... ahora si lo que se quiere saber es el vr de la hora con recargo (vr. hora +Vr recargo) se debe multiplicar por 2,1

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  4. por favor envien un ejercicio nuevo

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  5. Horario de trabajo de 7am a 5pm de lunes a viernes oscar delgado tiene un sueldo de $830.000 quincenal del 1 al 15 de junio y tiene una comision de $800.000 y una bonificacion de $250.000 los dias 5,6,7,8,9,10 de junio laboro de 7am a 10 pm por favor ayudenme

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  6. MARIA es contratada el primero de enero de 2013 por la
    empresa SOLUCIONES JURIDICAS, para desempeñarse
    como recepcionista, su contrato inicial fue a término fijo de un
    año, y su salario se fijó en el mínimo legal mensual vigente más
    el auxilio de transporte correspondiente.
    El 31 de diciembre de 2013 le fue prorrogado su contrato por
    un término igual al inicial, y estipulándose como salario el
    mínimo legal mensual vigente más auxilio de transporte. El día
    29 de noviembre de 2014 se le da preaviso de que su contrato
    no será renovado el día 31 de diciembre, debido a que la
    empresa sufrirá un recorte de personal.
    Su horario de trabajo durante el tiempo laborado para la
    empresa, fue de 8:00 am a 12:00m y de 1:00pm a 5:00pm de
    lunes a viernes
    Pero durante el año 2013 en el mes de noviembre se le
    liquidaron 8 horas extras diurnas y ocho horas dominicales
    ordinarias diurnas.
    Liquide todos los conceptos: (cada año por separado)
    Prestaciones sociales
    Vacaciones
    Aportes a seguridad social
    Aportes parafiscales (no está vigente la reforma tributaria)

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  7. un mesero trabaja en un restaurante con una jornada ordinaria de 6:00 p.m a 2:00 a.m. de lunes a sabado sin descanso alguno. devengando un salario mensual de $920.000. En el mes de agosto pasado,el empleador le exigiò laborar de manera adicional los siguientes turnos: un viernes, continuar trabajando hasta las 7 a.m. del sábado siguiente. Dos sábados, continuar laborando hasta el domingo siguiente. Liquidar la nomina de este mes

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  8. me ayudan con este: Un empleado A con un salario básico mensual de $2.000.000, ingreso a laborar de día Lunes ordinario de 8:00am a 5:00pm (con una hora de almuerzo).

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  9. b. Natalia Chacue Pedreros, Auxiliar Contable, sueldo básico $1.600.000, días trabajados 30. Libranza $180.000, Horas Extra Diurnas 5. Horas Extra Nocturnas 5.







    c. Yaqueline Chasque Pizo, Asistente Administrativo, sueldo básico $1.500.000, días trabajados 30. Libranza $100.000. Horas Extra Diurnas 8, Horas Extra Nocturnas 8.

    d. Ruth Maritza Rodríguez Galindo, Servicios Generales, sueldo básico $1.200.000. Horas Extra Nocturnas Festivas 10. Horas Extra Nocturnas 10.

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  10. No puedo agradecer lo suficiente al servicio de préstamos del Sr. Pedro y dejar que la gente sepa lo agradecido que estoy por toda la ayuda que usted y el personal de su equipo han brindado y espero recomendar a amigos y familiares en caso de que necesiten asesoramiento o asistencia financiera a una tasa de 2 para préstamos comerciales. .vía contacto : . pedroloanss@gmail.com . WhatsApp +18632310632

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